domingo, 25 de marzo de 2012



ENSAYO SAPI
JOSELYN CHACIN
C.I. 16.985.473
SECCION 332


Como ya todos saben el nombre que recibe el SAPI es el “Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual es un órgano adscrito al ministerio del poder popular tanto en materia del derecho de Autor marcas y patentes, producción y comercio teniendo como misión ejercer la rectoría a derecho del estado venezolano.

El Servicio Autónomo  de la Propiedad Intelectual fue creado según  decreto presidencial numero 1768 el 25 de marzo de 1997 el cual comienza a funcionar el 01 de mayo de 1998, esta creación llamada SAPI permitió unir bajo una misma organización la Propiedad Industrial y el Derecho de Autor.
Su visión es impulsar las transformaciones en materia de derecho de autor, marcas y patentes, con el fin de crear un modelo de producción socialista que conlleve a la democratización accesos a tecnología y a las creaciones de los artistas como a los pueblos en general. Así mismo el SAPI cuenta con dos direcciones la del registro de la propiedad intelectual que se encarga de administrar el derecho a los inventores con respecto a sus creaciones a través de las patentes en cuanto a mejoras, dibujos sus diseños industriales comerciantes, personas naturales que puedan utilizar para los productos y servicios en el mercado, la dirección del derecho de autor habla sobre ejercer funciones de registro y fiscalización.

Su organización es: la Dirección General, Dirección de Registro, Dirección de la Propiedad Industrial, Dirección Nacional de Derecho de Autor, Dirección de Asesoría Jurídica, Dirección de Soporte Administrativo y Dirección de Difusión y Cooperación.
Los Objetivos que cumple el SAPI es proporcionar seguridad sobre las Obras Artísticas, Científicas, Tecnológicas, Patentes, Denominaciones de Origen, entre otros, también desarrolla el conocimiento de la difusión de información sobre la Propiedad Intelectual para facilitar la transferencia tecnológica a los sectores productivos y de innovación.
Se debe garantizar y proteger la Propiedad Intelectual Colectiva, Tecnológica e innovaciones de los pueblos Indígenas; proteger el Derecho de Autor, fortalecer la economía social, defender el conocimiento de los indígenas y campesinos.
Promover e incentivar el uso de la Tecnología y las creaciones Artísticas libres….

Cuando hablamos del Derecho de Autor se habla de sus Creaciones Obras Literarias, Obras Musicales, Obras Teatrales, Obras Artísticas, Obras Científicas, u Obras Audiovisuales, este derecho nace en el momento de la creación y no por el registro de sus obras.
Se considera Autor a la persona natural que crea alguna Obra Literaria, Artística o Científica, así mismo cabe resaltar que el Derecho de Autor protege sus ideas las cuales son muy discretas por tal motivo el Derecho de Autor puede durar toda la vida..

Sus contenidos son: Derecho Moral, Divulgación, Paternidad, Revelación o Intimidad. Integración, Arrepentimiento y Modificación. Sus Obras Literarias, Audiovisuales, escenas o Dramáticas, Musicales, Programas de Computación y Base de Dato, Producciones, Fonográficas actos y contratos.






A nivel Tecnológico y aplicado a nuestro Proyecto el SAPI abarca de la siguiente manera; permite agilizar los procesos automatizados de registro, bajo las protección y creaciones del invento humano en cualquier  Sistemas de Información ya sea para cualquier empresa o Institución, ahora existe Programas de Formación Social que permite llegar hasta la comunidad  suplir las necesidades Diseñando e Implantando Sistema Automatizados Páginas Web, Aplicaciones bajo los Proyectos Socio Tecnológicos sin costo alguno  para facilitar, agilizar, registrar, cualquier trámite en proceso que la Empresa, Instituciones Requieran de algún Sistema de Información sin otro Igual que tengan opciones y botones diferentes con una licencia única, pero no obstante a eso el SAPI  propuso un propuso un Software libre para enfrentar los delitos de la Propiedad Intelectual ya que muchos Programas Incluyendo los de este Trayecto copiarse, descargarse, compartir, vender, o instalar múltiples copias en cualquier equipo ya sea personal o de trabajo, sin saber que personas ajenas puedan hacer uso y es allí donde entra la piratería del Software con Derecho de Autor; sin saber es que adquirir un Software están utilizando una licencia usarlo y no una licencia en sí y la licencia es lo que permite instalar el Software varias veces.

Por tal razón debemos asegurarnos al momento de implantar un sistema que sea legal con Derecho de Autor y no permitir las copias ya que es un delito.
La Propiedad Intelectual en cuanto al desarrollo tecnológico habla acerca de la realidad y actualidad y normativas que estén a la par del dinamismo y así combatir la piratería.
El Software es una organización creada para promover los Objetivo de las Industria del Software y el Hardware para desarrolla un mundo digital, digno y legal para cualquier sitio ya sean páginas Web, Sistema de Aplicación entre otros.









suhail hernandez 12.695.477 (SAPI)




                                       REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DE MARACAIBO
PROYECTO SOCIO TECNOLOGICO

Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual

REALIZADO POR:
T.S.U HERNÁNDEZ SUHAIL C.I: 12.695.477.

En este análisis hablaremos del “Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual” (SAPI), el cual es un organismo adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Comercio, materia de Derecho de Autor, Marcas y Patentes.

 El “Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual” (SAPI), fue creado según decreto presidencial numero 1768 el día 25 de marzo de 1997, y publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, hoy Republica Bolivariana de Venezuela, bajo el Nro. 36.192 de fecha 24 de Abril de 1997; esta comienza a funcionar el día  01 de mayo de 1998, según resolución ministerial 054, del día 07 de Abril de 1998. Publicado el gaceta oficial bajo el Nro 36.433, del día 15 de Abril de ese mismo año. Cabe destacar que el día 19 de mayo de 2011, se realizó el primer seminario  titulado “avances en Venezuela: Transferencias Tecnológicas, Cultura y Conocimiento Libre”. Este evento tuvo lugar en el salón Simón Bolívar de la Universidad Bolivariana de Venezuela, con sede en la Ciudad de Caracas.   La creación de este organismo, ha permitido unir bajo una misma estructura la Propiedad Industrial y el Derecho de Autor.
Su misión es brindar apoyo a todos los asociados al Registro de Propiedad Intelectual mediante la aplicación de la normativa legal vigente en la materia, esta institución fue creada con el propósito de contribuir al desarrollo cultural, económico y social de forma sustentable de la nación.
La visión de esta organización pública es ejercer eficientemente la rectoría del estado en derecho de autor, marca y patente, de igual forma impulsar las transformaciones, ya que esta fue fundada para contribuir y lograr el bienestar del pueblo venezolano a través del impulso y el desarrollo científico-técnico, facilitando el acceso de todas las personas a los bienes y servicios, apoyando  los sistemas de protección que amparen e incentiven a los creadores e investigadores, protegiendo sus iniciativas y garantizado la difusión del contenido en ellas.
A continuación se resaltan los principales objetivos del servicio autónomo de la propiedad intelectual (SAPI), tales como proporcionar seguridad jurídica a través  de la propiedad intelectual de las obras artística, científicas, patentes, denominaciones de origen marcas y otras más. Garantizar y proteger la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos. Los derechos de propiedad intelectual colectivos y libres. Incentivar la creación intelectual protegiendo el derecho de autor sobre las obras. Cooperar y negociar en el ámbito local, regional y mundial, con los estados las organizaciones y los pueblos. Darle poder a la  economía social con el instrumento de las marcas colectivas. Protección de los conocimientos tradicionales de los indígenas y campesinos. Promover el uso de creaciones  artísticas libres.
El Servicio Autónomo de la propiedad intelectual (SAPI), cuenta con dos direcciones operativas principales, la primera de ella: La Dirección Registro de la Propiedad Industrial, encargada de la administración de la concesión de los derechos de los investigadores a través de la patente de investigación, diseños industriales, mejoras y dibujos, a los comerciantes o personas naturales sobre las distinciones que utilizan para reconocer sus productos en el mercado, mediante denominaciones comerciales, marcas o mensajes. La  segunda: la Dirección de Derecho de autor encargado de realizar funciones de registros, fiscalización derechos conexos en los ámbitos administrativos.  
Ante la gran problemática de la distribución, venta y copias no autorizadas el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), creo un programa de software libre para enfrentan y tratar de minimizar el delito de la propiedad intelectual.
Pero hay que tomar en cuenta que la venta de copias no autorizadas, es un problema inmenso  que no se puede acabar de la noche a la mañana, ya que este delito se encuentra arraigado en las entrañas del comercio mundial.
Por tal motivo no se considera saludable desmantelar bruscamente ese canal comercial ya que se estima que existe un porcentaje considerable que es manejado por el comercio informal (BUHONEROS), y quienes venden una gran variedad de productos  provenientes de las copias no autorizadas. Cabe destacar que al considerar que no es saludable desmantelar esta red de comercio ilegal no quiere decir que este de acuerdo con este delito, todo lo contrario, pero considero que tiene que ser tratado con mucha inteligencia ya que hay muchas personas que dependen de esto y tratar de erradicarlo bruscamente en vez de una solución podría ocasionar un problema mayor.
Cabe resaltar que  este flagelo no solo afecta al autor, también afecta al país, ya que al ser copias ilegales no cumplen con los requerimientos de ley y esto conlleva a la fuga de impuestos que deja de percibir el estado considerándose estas pérdidas millonarias.
Al hablar del derecho del autor, nos referimos a aquellos  artistas noveles que con sus habilidades y conocimientos realizan un sin número de actividades inéditas tales como: Obras Literarias, Obras Teatrales, Composiciones  Musicales, personajes, frases y otras mas, en el pasado estos artistas no podían registrar sus creaciones con el derecho de autor por un sinfín de obstáculos que le impedían realizar sus registros, y al no tener un certificado que lo acreditara como propietario de dicha creación no podía realizar ningún tipo de acción legal. Hoy en día gracias al Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual, no es posible realizar ese delito, ya que los derechos del autor están protegidos.
Resalto como ejemplo que el moderador del programa DOSSIER, Walter  Martínez, denuncia públicamente al canal informativo CNN En Español, de utilizar una frase creada por él como lo es Acontecimientos En Pleno Desarrollo, la cual esta siendo utilizada por el referido canal extranjero, pero al carecer de un certificado que lo acredite como propietario de dicha frase no puede hacer ningún tipo de acción legal, por esto y por un sin numero de delitos de este tipo es que debemos agradecer que hoy en día contamos con los servicios de esta gran institución.